TARJETAS REVOLVING

TARJETAS REVOLVING

¿QUÉ SE PUEDE RECLAMAR?

El Tribunal Supremo amparándose en la Ley de 23 de julio de 1908, de Represión de la Usura, en su Sentencia de fecha de 25 de noviembre de 2015 anuló una tarjeta revolving, por considerar que su interés establecido en el 24,60%TAE era usurero. La contratación de la tarjeta fue en junio de 2001, siendo en ese momento el doble del interés medio ordinario en las operaciones de consumo.

El 4 de marzo hemos conocido una nueva sentencia del Supremo que respondía a un recurso interpuesto por la entidad Wizink, confirmando la usura de una de sus tarjetas. En el caso en cuestión, se trata de un contrato del 2012, con interés remuneratorio de 26,82% TAE, llegando incluso al 27,24% en el momento de presentación de la demanda. Al ser el tipo medio del crédito mediante operaciones de tarjetas de crédito y revolving, entorno al 20% anual, el interés remuneratorio se considera muy elevado y una diferencia apreciable los 7 puntos básicos de diferencia.

Puedes reclamar la nulidad del contrato y la devolución del exceso de intereses pagados. Si decides reclamar, te puedes ver en estas dos situaciones:

  • SI HAS PAGADO MÁS DE LO PRESTADO: PUEDES RECLAMAR JUDICIALMENTE LA NULIDAD DEL CONTRATO Y EL EXCESO DE CAPITAL MÁS LOS INTERESES, EL SEGURO Y COMISIONES QUE TE HAYAN COBRADO.
  • SI TODAVÍA NO HAS PAGADO LO PRESTADO: PUEDES RECLAMAR JUDICIALMENTE LA NULIDAD DEL CONTRATO Y LA DEVOLUCIÓN DE LOS INTERESES, EL SEGURO Y LAS COMISIONES; Y ABONAR A LA ENTIDAD PRESTAMISTA EL CAPITAL PRESTADO QUE TE QUEDE POR PAGAR.

DOCUMENTACIÓN NECESARIA

  • RECIBOS O LIQUIDACIONES, LOS HAS TENIDO QUE RECIBIR POR CORREO O A TRAVÉS DE LA PLATAFORMA ONLINE. SI NO LOS TIENES, TE AYUDAMOS A CONSEGUIRLOS.
  • CONTRATO DE LA TARJETA, NO ES NECESARIO EN TODOS LOS CASOS PERO SI SE PRECISARA Y NO LO TIENES,  TE AYUDAMOS A CONSEGUIRLO.

HONORARIOS

  • SOLO COBRAMOS SI USTED GANA. EN ESE CASO, LOS HONORARIOS LOS PAGARÁ EL BANCO.

¿QUÉ ES UNA TARJETA REVOLVING?

Las tarjetas Revolving son un tipo de tarjeta de crédito, cuya particularidad es que las compras, disposiciones en efectivo, etc. que se realicen con la misma, se pagan a plazos. La principal “ventaja”, aparentemente, es que tu decides cuánto quieres abonar periódicamente. Por lo general pagas una cuota fija, que suele ser baja, o un porcentaje de la deuda pendiente.

La realidad es que estas tarjetas funcionan como microcréditos y aplican unos intereses altísimos, entre el 20 y el 30%; y pagando cuotas mensuales bajas y con unos intereses tan altos, la deuda se alarga indefinidamente. Por una compra de 900€ puedes acabar pagando 2.900€.

EL SUPREMO DECLARA “USURARIO” EL TIPO DE INTERÉS DE UNA TARJETA DE WIZINK

El 4 de marzo conocimos la sentencia del Tribunal Supremo sobre una tarjeta de crédito revolving. El caso abordado por el alto tribunal es el de un préstamo, concedido inicialmente al 26,82% TAE y que ascendió luego al 27,24% de interés. Ha sido declarado abusivo por la Ley de Usura de 1908.

La sentencia también apunta a la falta de transparencia de estos contratos complejos y ataca que, al tratarse de cuotas fijas y bajas, se paga una gran parte de intereses y se amortiza poco capital convirtiéndose el usuario en deudor cautivo de una gran deuda.

Si llevas años pagando cuotas pero tu deuda no termina nunca, es muy probable que tengas una tarjeta revolving.

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